La responsabilidad del farmacéutico es contribuir a mejorar la salud y calidad de vida de sus pacientes y promover su derecho a la prevención y diagnóstico de enfermedades, así como a recibir tratamientos terapéuticos eficaces y seguros.
Tanto el titular, regente y auxiliar de una farmacia deben velar por la seguridad de sus pacientes, lo que acarrea una responsabilidad legal.
Esta, además de verse afectada por el código deontológico y por el derecho laboral, se puede dividir en tres:
- Responsabilidad civil: obligación de resarcir cuando se produce un daño por incumplimiento contractual o extracontractual. Obliga a reparar los daños causados al agraviado pagándole, normalmente, una indemnización por perjuicios.
- Responsabilidad penal: Consecuencia jurídica que se da cuando se comete un delito tipificado en el Código Penal, puede acarrear penas de prisión y/o pagos de multa
- Responsabilidad administrativa: Cuando se vulneran normas de carácter administrativo, ya sean estatales, de las comunidades autónomas o locales.
Errores
Tanto farmacéuticos como técnicos de farmacia están obligados legalmente a asegurar la correcta correspondencia entre el medicamento que dispensa y el prescrito por el médico. Si se incumple, aun involuntariamente, genera responsabilidad administrativa, civil o penal.
Los farmacéuticos se ven afectados con varias normas, sobre todo con las relacionadas al despacho de medicamentos y estupefacientes. Se puede incurrir en varios errores dentro de la elaboración, conservación, dispensación y administración de medicamentos:
- Fórmulas magistrales equivocadas: medicamentos elaborados en farmacia para ser destinados a un paciente específico. La responsabilidad legal es del farmacéutico, ya que el error ha sido en su elaboración.
- Preparados oficinales: como medicamentos reenvasados para que puedan administrarse en una dosis específica o las nutriciones artificiales.
Con el comercio electrónico las nuevas responsabilidades se internacionalizan y escapan a la categorización clásica. La obligación del farmacéutico es mantener un registro de pedidos durante al menos dos años y recaen sobre él las responsabilidades derivadas del transporte de medicamentos hasta el domicilio del cliente.
Medicamentos defectuosos de fábrica
Los medicamentos defectuosos son los que no cumplen con la finalidad del prospecto. No combaten las enfermedades para las que están destinados o se encuentran en mal estado de conservación, caducados, con seguridad sanitaria deficiente, etc.
Los pacientes tienen derecho a una indemnización por los daños y perjuicios provocados por la venta de un medicamento defectuoso.
Cuando se produce un daño relacionado con un medicamento, es bastante complicado demostrar la causalidad y el responsable. En principio, es el encargado de la fabricación, es decir, la empresa farmacéutica.
Sin embargo, el farmacéutico también lo es si es consciente del defecto y, aun así, continua con la venta. También responderá por los daños de vender un medicamento caducado o no conservado adecuadamente.
Responsabilidad dentro de la farmacia
En una farmacia pueden trabajar su titular o titulares, el farmacéutico regente y los auxiliares de farmacia. Cada uno de ellos debe responder por daños causados por su culpa.
El auxiliar debe responder por los daños causados dentro de sus funciones, siempre que exista imprudencia o dolo. Sin embargo, la responsabilidad legal del farmacéutico alcanza las acciones realizadas por todo el personal contratado en la farmacia.
Es lo que se conoce en la esfera civil como culpa en la elección. El empleador eligió a su empleado y debe responder civilmente por sus actos cometidos en la farmacia. También existe la culpa in vigilando, que admite que el empleador es responsable de los actos cometidos por aquel sobre el que tiene un especial deber de vigilancia.
El farmacéutico regente y los sustitutos, al asumir la gestión de la farmacia, asumen la misma responsabilidad que el titular.
En conclusión, la responsabilidad legal del farmacéutico abarca tanto actos voluntarios como involuntarios, cometidos por él o sus trabajadores, en el orden civil, administrativo o penal.